Gobierno de España. Ministerio de Fomento. AESA Gobierno de España. Ministerio de Fomento. AESA

El avión es el elemento central de la aviación comercial y por ello gran parte de los esfuerzos en garantizar la seguridad aérea se centran en el aseguramiento de las mejores condiciones de operación de los mismos, de forma que el avión sea una máquina que mantenga las mismas condiciones de seguridad desde que sale de fábrica hasta que deja de transportar al último pasajero y finaliza su vida operativa.

Para lograr esto, y debido a la naturaleza internacional de la aviación, es necesario una normativa única y homogénea cuya aplicación sea independiente del país en el que la aeronave sea fabricada u operada, relativa:

  • Al diseño y producción de las aeronaves de forma que éstas sean seguras.
  • A la operación y mantenimiento de las aeronaves de forma que éstas mantengan las condiciones de seguridad establecidas por el fabricante.

La OACI, a través del Anexo 8 (Aeronavegabilidad) al Convenio de Chicago establece los requisitos mínimos que debe contemplar en esta materia la normativa de aeronavegabilidad de los Estados para que las aeronaves diseñadas y producidas en los mismos sean autorizadas a tomar parte en la navegación aérea internacional.

  • En Europa, es la EASA quien regula el diseño, producción, mantenimiento y funcionamiento de productos, componentes y equipos aeronáuticos en todos los Estados miembros, publicando las normas técnicas de aeronavegabilidad europeas, que son en cualquier caso más exigentes que los requisitos de OACI.
  • Las normas sobre operaciones en vuelo, hasta ahora emitidas y controladas por las JAA, han pasado a ser responsabilidad también de EASA.
  • Dicha normativa tiene su equivalente en la emitida por la autoridad aeronáutica estadonidense, la Administración Federal de Aviación (FAA).

©  Agencia Estatal de Seguridad Aérea