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A continuación se detalla las instrucciones a seguir para la renovación de una habilitación de tipo/clase

Renovación: Acción administrativa, que se realiza después de que una habilitación o aprobación haya caducado, que renueva las atribuciones de las mismas una vez que se hayan cumplido los requisitos establecidos, por un periodo determinado de tiempo.

1. Solicitud del interesado

El procedimiento administrativo para la renovación de una nueva habilitación de tipo/clase para avión/helicóptero ha de ser iniciado por el interesado, mediante la presentación de la correspondiente solicitud en el registro general del Ministerio de Fomento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigida al Servicio de Licencias al Personal de Vuelo dependiente de la Dirección de Seguridad de Aeronaves según formato y el pago de la tasa correspondiente nº 24. Si lo desea, puede realizar el pago telemático de la tasa a través de la Sede electrónica de AESA.

2. Valoración técnica de la renovación de habilitación de tipo/clase

Para la valoración técnica, de acuerdo a la normativa JAR-FCL 1, de la solicitud de renovación de una habilitación de tipo/clase de Avión (este procedimiento no afecta a las habilitaciones de clase genéricas cuya anotación en la licencia sea SEP o MEP), se presentará en el registro general del Ministerio de Fomento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la relación de documentos que se incluyen en el formato (formato renovación habilitación avión) dirigida al Servicio de Formación de Habilitaciones de Tipo al Personal de Vuelo.

Se debe tener en cuenta el entrenamiento de refresco necesario según la Instrucción de la Dirección General de Aviación Civil (véase tabla).

Para la valoración técnica de acuerdo a la normativa JAR-FCL 2 (helicóptero) de la solicitud de renovación de una habilitación de tipo de Helicóptero, se presentará en el registro general del Ministerio de Fomento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la relación de documentos que se incluyen en el formato (formato renovación habilitación helicópteros) dirigida al Servicio de Formación de Habilitaciones de Tipo al Personal de Vuelo.

Se debe tener en cuenta el entrenamiento de refresco necesario según la Guía TRTO de Helicópteros de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Para más información consulte la tabla de renovación de habilitación de tipo de helicópteros caducadas. (véase tabla)


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