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Los Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCPs), a los que el público conoce como azafatas y auxiliares de vuelo, también necesitan acreditar su capacitación para desempeñar su profesión.

  • Para ello han de recibir la formación teórica que les permita hacer frente con éxito a esa responsabilidad.
  • Además, han de prepararse especialmente en la práctica para las situaciones de emergencia a las que puedan verse sometidos después, mediante el uso de simuladores.
  • Se someten igualmente a un entrenamiento de seguridad que les capacita específicamente para hacer frente a situaciones de fuego y humo, supervivencia, supervivencia en agua, aspectos médicos y de primeros auxilios y tratamiento específico de pasajeros.
  • También han de demostrar su buena condición física por medio de diversos ejercicios, y superando un reconocimiento médico ajustado a las necesidades de su trabajo en un Centro Médico Aeronáutico o ante un Médico Examinador aéreo de los que ya hemos hablado anteriormente.

AESA aprueba igualmente las Escuelas de TCPs, previa verificación del cumplimiento de los requisitos correspondientes, que se traducen en la necesidad de disponer de profesorado cualificado y de impartir un programa de enseñanzas que como mínimo incluya los puntos requeridos en la normativa.

Una vez que el interesado demuestra su capacitación, AESA le emite el Certificado de Tripulante de Cabina de Pasajeros.

  • Este certificado es emitido por muy pocas Autoridades Aeronáuticas mundiales, siendo sólo las más exigentes las que se implican en este proceso de control estricto de la competencia.

Encuadrado el TCP en una compañía, y realizado el entrenamiento específico relativo a las normas propias del operador y al tipo / modelo de avión al que haya sido asignado, se anotará en su Certificado de TCP la habilitación de tipo correspondiente.

  • Todo este entrenamiento viene establecido en la Subaparte O de las JAR/EU-OPS 1 e incluye al igual que para los pilotos un ciclo continuo que abarca: entrenamiento en equipos y procedimientos de emergencia, gestión de recursos de la tripulación y seguridad, y cursos adicionales requeridos por el tipo de avión y operación.

También los TCPs han de demostrar periódicamente que mantienen su capacitación, para lo cual han de superar un reconocimiento médico (en Centro o Médico Examinador autorizado) y han de acreditar la realización del curso sobre emergencias correspondiente al avión(es) en que estén habilitados.


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