Si bien no se espera a tener la aeronave completamente diseñada y fabricada para pedir la certificación, el constructor que desee lanzar al mercado un nuevo tipo de aeronave, o un nuevo modelo de una aeronave ya existente ha de solicitar a la EASA la aprobación del nuevo proyecto, mediante la emisión por parte de esta última del certificado de tipo.
Normalmente, si el constructor es español, EASA encargará los correspondientes trabajos técnicos a AESA (hasta que la EASA disponga de recursos para acometerlos por sí misma).
No es infrecuente en el sector aeronáutico que el proyecto contenga elementos que sean tan avanzados técnicamente que no estén contemplados en la norma de aeronavegabilidad vigente.
Terminado el proceso, en el que se utilizan unas listas de verificación para garantizar que no se pasa por alto ningún aspecto de la norma, el interesado realiza una declaración formal de cumplimiento, y el equipo de certificación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea remite a EASA un exhaustivo informe final, sobre cuya base la Agencia emite el Certificado de Tipo.
Una vez en servicio la aeronave, las modificaciones y reparaciones que se le realicen por su correspondiente operador también están sujetas a certificación.