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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CIRCULAR OPERATIVA 04/78 SOBRE NORMAS, LIMITACIONES DE UTILIZACIÓN DE LOS SISTEMAS VISUALES INDICADORES DE LA PENDIENTE DE APROXIMACIÓN EN CONDICIONES DE CATEGORÍAS II Y III

En el texto que sigue a continuación la abreviatura VASIS se utiliza como un término genérico que abarca todos los tipos de sistemas visuales indicadores de pendiente de aproximación.

1. GENERALIDADES

1.1. En el Grupo de Expertos sobre Operaciones, de O.A.C.I., se llegó a un consenso sobre las limitaciones de utilización del VASIS durante la fase final de las aproximaciones de categorías II y III, y se acordó que en vista de la urgencia con que los explotadores autorizados para esas operaciones deberán estar versados en las limitaciones de utilización del VASIS un texto de orientación debería divulgarse entre los Estados y organismos internacionales interesados, para su información y para que se tomen las medidas apropiadas.

1.2. Como consecuencia de lo anterior y para conocimiento y cumplimiento de las empresas nacionales de transporte aéreo, se publican las normas que se dan a continuación.

2. LIMITACIONES DEL VASIS

2.1. Cuando el VASIS esté en funcionamiento y sea claramente visible para los pilotos, deberá considerarse como que determina una trayectoria de aproximación segura hasta los 60 m. (200 pies) y cualquier desviación que se observe deberá considerarse como una desviación de la trayectoria de la aproximación normal. Sin embargo, por debajo de 60 m. (200 pies), por las razones que se explican más adelante, las señales del VASIS deberán interpretarse con precaución. La utilización del VASIS en las alturas de decisión y por debajo de ellas, en relación con las operaciones de Categorías II y III, es extremadamente limitada y por tanto no deberá utilizarse en esas condiciones con el fin de obtener guía de ángulo vertical.

2.2. En la práctica, existen ciertos factores que pueden hacer que la trayectoria de planeo determinada por el VASIS sea diferente de la trayectoria de planeo del ILS. Por ejemplo, la configuración de pistas que se cruzan o de las calles de rodaje de salida, pueden impedir la instalación de los elementos luminosos del VASIS de forma que abarquen la trayectoria de planeo del ILS en la forma normalmente requerida. Puede existir también una discrepancia entre las señales requeridas de la trayectoria de planeo del VASIS y del ILS, si las trayectorias en el espacio de la línea de visión del piloto y de la antena del receptor de la senda de planeo de a bordo estuvieran muy separadas (v.­g., como ocurre en algunas aeronaves en las que la antena del receptor de senda de planeo está situada muy por debajo de la cabina de pilotaje. Una incompatibilidad similar puede ser experimentada por el piloto de una aeronave con gran altura sobre el tren de aterrizaje, al ajustar la trayectoria de descenso a fin de conseguir, sobre el umbral de la pista, un margen satisfactorio de las ruedas principales. Estas incompatibilidades hacen que no sea deseable confiar en el VASIS por debajo de 60 m. (200 pies) para la guía de senda de planeo y, por lo tanto, es importante que los pilotos tengan conocimiento de las características de los aviones que manejan y de acuerdo con ello tomen las medidas compensatorias necesarias cuando estén por debajo de 60 m. (200 pies).

2.3. En las operaciones con visibilidad reducida en condiciones de Categorías II y III, existen otros factores que deben ser tenidos en cuenta, por ejemplo:

- que la configuración completa de los elementos luminosos quizá no sea visible debido a las limitaciones de la visibilidad;

- que en el sector rojo, en el sistema de colores, quizá se halle atenuado hasta el punto de que solamente sea visible el color blanco;

- que la distancia de los elementos luminosos hasta el borde de la pista y a barlovento, puede hacer casi imposible la interpretación de sus señales por debajo de 45 m. (150 pies) cuando se está en la trayectoria nominal de aproximación; o

- que la niebla densa puede ocasionar refracción de los elementos luminosos hasta el punto de que las señales se desparramen o que se degraden los colores en el sistema de dos colores.

2.4. Todos los factores señalados se combinan para hacer que el VASIS sea inseguro como guía para la trayectoria de planeo a bajas altitudes en condiciones de Categorías II y III.

Sin embargo, ya que el VASIS constituye normalmente una parte del sistema total de iluminación de una pista, por debajo de 60 m. (200 pies) puede considerarsele como de aplicación muy limitada, que sus elementos luminosos pueden ser incluidos en la secuencia visual para el enderezamiento y el aterrizaje, y como de confirmación de la posición de la aeronave con respecto a la zona de contacto o de advertencia de un aterrizaje demasiado corto.

2.5. Por todo lo que antecede, los sistemas visuales indicadores de pendiente de planeo para el aterrizaje (VASIS), deberán considerarse como no apropiados para verificar por medio de ellos la exactitud del seguimiento de la senda de planeo en las aproximaciones ILS de precisión (Categorías II y III) por debajo de 60 m. (200 pies) de altura.


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