El Reglamento define Cancelación como la no realización de un vuelo programado y en el que había reservada al menos una plaza. El Reglamento no ofrece ninguna definición sobre Retraso ni el tiempo límite a partir del cual un gran retraso pueda considerarse una Cancelación.
En general, un vuelo se puede considerar cancelado si cambia el número de vuelo para la misma ruta por la que el pasajero ha suscrito un contrato para un día y horario concretos.