- ¿Que es el overbooking o sobreventa?
El overbooking es una situación permitida por las leyes que se da cuando el número de pasajeros es mayor que el número de plazas del avión. Esto puede deberse a diversas causas, como el retraso de un vuelo de conexión, la cancelación de un vuelo anterior, la sobreventa de plazas en previsión de pasajeros que no se presentan o cancelan sus reservas, etc. - ¿Qué es la denegación de embarque por overbooking?
La denegación de embarque es la negativa a embarcar a pasajeros en un vuelo, aún cuando éstos tengan una reserva confirmada en dicho vuelo y se hayan presentado en la facturación dentro del plazo y en las condiciones requeridas o hayan sido transbordados por una compañía aérea o un operador turístico. - ¿Cuándo no existe denegación de embarque por overbooking?
Cuando le hayan denegado el embarque por motivos razonables tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados. - ¿Qué tiene que hacer la compañía aérea cuando confirme que existe overbooking en un vuelo?
En primer lugar deberá pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios, en las condiciones que acuerden con la compañía, además de tener derecho al reembolso del billete o a un transporte alternativo.
Solamente si el número de voluntarios es insuficiente, la compañía aérea podrá denegar el embarque a los pasajeros contra la voluntad de éstos. En estos casos deberá compensarles inmediatamente, ofrecerles el reembolso del billete o un transporte alternativo, y atenderles gratuitamente con comida y refrescos suficientes mientras esperan, llamadas telefónicas, y alojamiento si fuera necesario. - ¿Qué compensación tengo derecho a recibir si me deniegan el embarque contra mi voluntad por motivos de overbooking?
La compañía deberá abonarle una compensación en metálico, cheque o transferencia. Puede aceptar bonos de la compañía en lugar de dinero, pero no está obligado a hacerlo. El Reglamento 261/04 fija las cuantías mínimas que debe pagar la compañía y que variarán en función del carácter intracomunitario o no intracomunitario del vuelo y de la distancia del mismo en kilómetros.
Las cuantías serán:
- Distancia del vuelo hasta de 1500 km:
Intracomunitarios y no intracomunitarios 250 €
- Distancia del vuelo entre 1500 y 3500 km:
Intracomunitarios y no intracomunitarios 400 €
- Distancia del vuelo de más de 3500 km:
Intracomunitarios 400 €
No intracomunitarios 600 €
Podrá comprobar la distancia en kilómetros de su vuelo consultando en la siguiente página web: www.airportcitycodes.com/calcform.aspx