Las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles se recogen en el Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero. Este Real Decreto se ha desarrollado a través de varias Órdenes Ministeriales que han incorporado la normativa europea JAR-FCL.
La capacitación inicial de los pilotos se reconoce mediante la emisión de un título acreditativo y una licencia asociada de piloto que habilita a su poseedor para la práctica del vuelo en aeronaves para las que han recibido la formación adecuada y han superado satisfactoriamente todas las pruebas y exámenes requeridos.
En los siguientes links se puede consultar información más detallada sobre la formación de los pilotos: