La utilización de radiobalizas de emergencia en aeronaves se rige por una serie de especificaciones y normativa que ha de ser observada cuidadosamente para la eficaz prestación de los servicios SAR. Existen diversos organismos internacionales que participan activamente en la aprobación de los requisitos que han de cumplir las radiobalizas de uso aeronáutico, como son la OACI, EUROCAE, RTCA, JAA, FAA y la organización Cospas-Sarsat.

El Anexo 6 (Operación de aeronaves) y el Anexo 10 (Telecomunicaciones Aeronáuticas) incluyen las principales características de las radiobalizas ELT. En particular el capítulo 5 del volumen III del Anexo 10 incluye un apartado para su operación en 406 MHz.
La OACI recomienda que, a partir del 1 de enero de 2000, todas las radiobalizas de 121,5 MHz cumplan una serie de características técnicas mejoradas (mayor estabilidad de la frecuencia de portadora). Hasta el 1 de enero de 2005, todos los ELT funcionaran en 406-121.5 MHz o en 121.5 MHz. MHz. Finalmente, después del 1 de enero del 2005, todos los ELT instalados a partir del 1 de enero de 2000 funcionarán simultaneamente en 121,5 y 406 MHz.
OACI señala expresamente que todas las radiobalizas ELT instaladas han de cooperar con el sistema Cospas-Sarsat y contar con la aprobación de tipo (norma C/S T.007).
OACI recomienda igualmente a las Autoridades nacionales desarrollar los procedimientos para la asignación de códigos únicos a cada radiobaliza, utilizando los protocolos de usuario de aviación o cualquiera de los incluidos en el Anexo 10, así como el establecimiento de un Registro de ELT.

Estas dos organizaciones técnicas han elaborado diversas especificaciones sobre requisitos mínimos de operación de las ELT. Estos documentos son:
- ED-62 "Minimum Operational Performance Specification for Aircraft ELTs (121,5/243 MHz and 406 MHz)", de EUROCAE.
- DO-204 "Minimum Operational Performance Standards (MOPS) 406 MHz ELT's" y DO-183 "MOPS for ELT's Operating on 121,5 MHz and 243 MHz", de RTCA.

La Autoridad Conjunta de Aviación Civil (JAA) determina en su especificación JAR-OPS, que un explotador de aeronave no podrá operar a menos que esté equipada con una ELT transmitiendo en las frecuencias de emergencia contempladas en el Anexo 10 de OACI.
Además, la especificación JAA JTSO-2C91a "Emergency Locator Transmitter Equipment", basada en los documentos ED-62 y DO-183, especifica los requisitos técnicos que deben cumplir estos equipos.

La Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos, en su ámbito de competencia, exige el cumplimiento de una serie de Órdenes Técnicas (TSO) para aprobar la instalación y uso de las ELT:

Todas las radiobalizas ELT de 406 MHz que se instalen y utilicen a bordo de una aeronave deben cumplir los requisitos especificados por el sistema Cospas-Sarsat (C/S) en el documento C/S T.001 "Specification for Cospas-Sarsat 406 MHz Distress Beacons", que define las características eléctricas y magnéticas de las transmisiones de las radiobalizas.
Para obtener la aprobación de tipo C/S, requisito ineludible para la utilización de ELT de 406 MHz, se debe superar con éxito una serie de pruebas, realizadas tanto en laboratorios específicos designados por la organización Cospas-Sarsat como en entornos de operación, tal como se define en el documento C/S T.007 "C/S 406 MHz Distress Beacon Type Approval Standard". De este modo, el fabricante del modelo de radiobaliza de 406 MHz obtiene el certificado de aprobación de tipo que garantiza el funcionamiento compatible con el sistema y la no degradación del mismo.
La obtención de esta aprobación de tipo C/S y el correspondiente certificado no autoriza su operación o venta, ya que es obligado que obtengan además la aprobación y/o aceptación de la Autoridad nacional respectiva, que puede exigir requisitos adicionales.